El mayor fallo de la gestión es que ni los pescadores ni los gestores poseen los conocimientos necesarios para dirigir algo tan complejo como un ecosistema marino costero. El derecho a pescar no se debería basar en si uno dispone del dinero suficiente para comprarse un barco, sino en los conocimientos y la voluntad de trabajar en colaboración con los gestores y los científicos para hacer que la pesca sea sostenible. El derecho a pescar se debería ganar o perder según la voluntad de aceptar unos límites razonables a las capturas.
Paul Greenberg
22 de junio de 2014
Calidad de vida ambiental vs crecimiento económico industrial
NOTA DE PESCA
¿Pueden los ciudadanos peruanos que tienen el
derecho a una vida ambientalmente saludable permanecer indiferentes permitiendo
que se sacrifique su calidad de vida en el altar del crecimiento económico de
algunas industrias,?
De aprobarse estas medidas, ¿qué pasará con
los límites máximos permisibles (lmps) para las plantas pesqueras de consumo
humano directo que hasta ahora no se aprueban? ¿Deberemos olvidarnos de estos
límites y observar impasibles como la contaminación continúa perjudicando a los
ciudadanos costeros que viven en las inmediaciones, mientras la empresa
"crece económicamente"?
5 datos para entender cómo el gobierno está
recortando al Ministerio de Ambiente
Hace una semana, el presidente Humala
anunció que en el Consejo de Ministros se aprobó un paquete de medidas para
reactivar la economía peruana, que serán enviados al Congreso. Sin embargo, se
conoció que el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal, votó en contra de
estas medidas propuestas por el MEF. Los rumores decían, incluso, que se
encontraba al borde de la renuncia. ¿Por qué?
Iván Lanegra, exviceministro de
Interculturalidad, ha realizado un análisis al respecto. Cada uno de los puntos
podría aclararnos las razones por las que Pulgar-Vidal no está nada contento
con este paquete de medidas. Veamos.
1. Reducción de las multas de la OEFA
¿Qué es la OEFA? Basta con decir esto: la
OEFA ha sido visto como una amenaza para ciertas empresas que ya han sido
sancionadas por atentar contra el medio ambiente. Y ahora, como explica
Noticias SER, las medidas reducen las competencias del Minam en relación a las
labores de fiscalización de la OEFA. El análisis de Lanegra precisa un poco más
este punto:
Por
3 años el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA deberá
sancionar excepcionalmente. Si lo hace, deberá recurrir a medidas correctivas
(no deberá multar). Solo si estas no se cumplen, podrá multar hasta por el 35%
del máximo que podría imponer actualmente.
A esto hay que sumarle que lo recaudado en
multas irá directamente al Tesoro Público. Pero, ¿por qué este tipo de medidas?
El Comercio señala que el reajuste se da en base a las críticas del sector
minero-energético por su “desmedida severidad sancionadora”.
2. El Minam ya no creará Zonas Reservadas
Primero, ¿qué cosa es una Zona Reservada? Se
trata de una categoría temporal, que se otorga a un área para ser protegida
mientras se estudia si debe ser considerada Área Natural Protegida. Hasta el
momento, el Minam era el encargado de crearlas, pero con el paquete de medidas
todo cambia:
Las
Zonas Reservadas (categoría transitoria, que se usa en tanto se realizan
estudios para categorizar un Área Natural Protegida) se crearán mediante
Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros. Hoy es función del
Ministerio del Ambiente – MINAM (solo necesita Resolución Ministerial de la
autoridad ambiental).
Para el director de la SPDA, Pedro Solano,
esta medida favorece a un grupo específico de empresas:
“Nos hemos reunido con los empresarios, el gremio y el Minam más de tres
veces para explicarles esto. Es falso que sus derechos se vean afectados, pues
la Ley de Áreas Protegidas dice expresamente que los derechos preexistentes se
respetan. Están mintiendo y lo están haciendo porque a las empresas no les
gusta que vaya a haber más ojos encima de sus operaciones”, dice Solano al
advertir que de aprobarse la medida solo hará que los conflictos sociales se
incrementen.
Y aún hay más.
3. Solo 30 días para opinar sobre EIA
El paquete también propone un plazo de 30
días para la emisión de las opiniones
vinculantes y no vinculantes necesarias para aprobar un EIA (Estudio de Impacto
Ambiental). ¿Qué pasa si se pasan de este tiempo? Lanegra tiene de nuevo la
respuesta:
No
hacerlo será falta grave y se sancionará al funcionario responsable. Si además
dicha opinión técnica es además vinculante (es decir, no es posible aprobar el
EIA sin una opinión favorable de la correspondiente entidad), el Titular de la
entidad deberá opinar bajo responsabilidad.
Lanegra dice también que “emitir opiniones
técnicas vinculantes sobre los EIAs de gran complejidad en menos de 30 días es
–al menos– una invitación al error“.
Aquí Pedro Solano sí tiene una opinión
favorable; sin embargo, igual asegura que se menosprecia la importancia de los
temas ambientales para promover las inversiones.
4. Análisis económico para los estándares de
calidad ambiental
Existen dos herramientas para advertirnos de
la contaminación, explica Lanegra:
El
ECA (Estándares de Calidad Ambiental) define cuándo el aire, el río o el suelo
en el que vivimos están contaminados.
El
LMP (Límites Máximos Permisibles) define cuánta contaminación puede emitir cada
empresa.
Hasta el momento, el Minam los aprueba
mediante Decreto Supremo y sólo se necesitaba una opinión previa del sector
correspondiente. Sin embargo, el paquete del MEF propone algo diferente:
…sea el Consejo de Ministros, y no el Minam, el que decida en la
creación de áreas reservadas y en la fijación de estándares de calidad
ambiental (ECA) y límites máximos permisibles (LMP). Dichas medidas serán
tomadas en consenso con los sectores involucrados y se refrendarán mediante
decreto supremo.
De
esta manera, se prevendría la creación de una nueva área reservada en la franja
costera de Piura y Tumbes (que se sobrepone a 11 lotes de hidrocarburos) y la
imposición de los nuevos ECA de aire, que las fundiciones de cobre se ven
imposibilitadas de cumplir hasta la fecha por ausencia de tecnología adecuada.
Para Isabel Calle, directora del programa de
política y gestión ambiental de la SPDA, se está desconociendo con esta medida
la autoridad ambiental del Minam:
“Así funcionaba antes de que existiera el
Minam. Están desconociendo que tenemos una autoridad ambiental competente.
Están desvalorando y debilitando el sector (…) Es falso que no puedan
intervenir en la decisión. Y tampoco afectan la inversión, pues no son
exigibles jurídicamente a las empresas”.
5. Más y más recortes
A todo esto, el análisis de Lanegra agrega
que “ni la Zonificación Económica Ecológica, ni el Ordenamiento Territorial
asignarán usos ni exclusiones de uso“. Además, El Comercio indica que se
incorpora un nuevo contrato de estabilidad tributaria a los proyectos mineros
“con capacidad de producción inicial superior a las 15.000 toneladas métricas
por día“.
Las críticas no se han hecho esperar. César
Gamboa de DAR asegura que los procesos técnicos se volverán más políticos,
ahora que el Consejo de Ministros decidirá. Por eso, más de 30 organizaciones
civiles rechazan estas medidas.
Todo esto ocurre este año, en el que somos
la sede de la Cumbre del Cambio Climático COP 20. Es la reunión más importante
ambiental (de una de las anteriores COPs salió el Protocolo de Kyoto). Algunos
dicen que esta es la única razón por la que que Pulgar Vidal aún no renuncia.
Fuente
Golpe al MINAM
No se debe reactivar desmantelando la
institucionalidad ambiental del país.
El Congreso de la República debe someter a
una minuciosa revisión los proyectos de ley N0 03626 y N0 03627 remitidos por
el Ejecutivo y cuyo propósito inicial es reactivar la economía, conforme fue
anunciado por los voceros del gobierno. Al hacerse públicas las iniciativas de
ley se advierte un claro propósito de reducir las competencias del Ministerio
del Ambiente (MINAM) y disminuir la potestad controladora, reguladora y
sancionadora del Estado en materia ambiental.
El contenido de las disposiciones remitidas
al Parlamento supone un desmantelamiento de la débil y aun inicial
institucionalidad ambiental de la que se está dotando el país con el propósito
de fortalecer un modelo de desarrollo sostenible y sustentable y garantizar una
gobernanza ambiental, objetivos inscritos en un vasto consenso nacional de
aprovechar para los peruanos de ahora y mañana las enormes ventajas
comparativas que significa nuestra biodiversidad.
De aprobarse estas leyes sin modificaciones
se concretará un severo golpe al MINAM, un corte de brazos, reduciendo sus
facultades para establecer Áreas Naturales Protegidas, para establecer los
Límites Máximos Permisibles (LMP) y Estándares de Calidad Ambiental (ECA), y
para sancionar a través del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
(OEFA) a quienes vulneren las disposiciones ambientales.
La ofensiva contra la legislación ambiental
es peligrosamente más audaz; reduce a 30 días el plazo para la emisión de las
opiniones vinculantes y no vinculantes para los Estudios de Impacto Ambiental
(EIA), un período en el que, de acuerdo con la experiencia, no es posible una
valoración técnica competente de un proyecto que implicará daño ambiental. Del
mismo modo, se pretende revertir los afanes en el manejo territorial de las
políticas públicas al promover que no se asignen usos o exclusiones de uso en
virtud de la Zonificación Económica Ecológica o el Ordenamiento Territorial.
Las medidas planteadas rompen el consenso
ambiental alcanzado desde la recuperación de la democracia y que ha venido
perfeccionándose con la creación de una institucionalidad que requiere ser
fortalecida. La creación del MINAM, la OEFA, la Autoridad Nacional del Agua
(ANA), el Servicio Nacional de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado
(SERNANP), y el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las
Inversiones Sostenibles (SENACE), han enriquecido nuestras políticas públicas y
dibujado un Estado más calificado para resolver las controversias y conflictos
sociales, y más amigo del diálogo como un elemento de la inversión,
especialmente la de carácter extractivo.
Es cierto que el Estado necesita dinamizar
las inversiones. No obstante, como lo ha señalado el titular del MINAM, la
llamada “permisología” no se encuentra en su sector debido a que el MINAM no
aprueba los estudios de impacto ambiental sino reside en la desarticulación del
espacio público y la demora de procedimientos por exceso de trámites. Por esa razón, siendo justa y políticamente
correcto el interés de reactivar la economía y encarar la desaceleración del
crecimiento, estos propósitos no se alcanzarán a costa del sacrificio de otros
valores e imperativos, los de equidad y justicia. Es preciso recordar que el
mundo está renunciando a un desarrollo dañino del ambiente, ahora ya
considerado un no desarrollo.
Fuente