El mayor fallo de la gestión es que ni los pescadores ni los gestores poseen los conocimientos necesarios para dirigir algo tan complejo como un ecosistema marino costero. El derecho a pescar no se debería basar en si uno dispone del dinero suficiente para comprarse un barco, sino en los conocimientos y la voluntad de trabajar en colaboración con los gestores y los científicos para hacer que la pesca sea sostenible. El derecho a pescar se debería ganar o perder según la voluntad de aceptar unos límites razonables a las capturas.

Paul Greenberg

22 de junio de 2014

Calidad de vida ambiental vs crecimiento económico industrial



NOTA DE PESCA
¿Pueden los ciudadanos peruanos que tienen el derecho a una vida ambientalmente saludable permanecer indiferentes permitiendo que se sacrifique su calidad de vida en el altar del crecimiento económico de algunas industrias,?
De aprobarse estas medidas, ¿qué pasará con los límites máximos permisibles (lmps) para las plantas pesqueras de consumo humano directo que hasta ahora no se aprueban? ¿Deberemos olvidarnos de estos límites y observar impasibles como la contaminación continúa perjudicando a los ciudadanos costeros que viven en las inmediaciones, mientras la empresa "crece económicamente"?

5 datos para entender cómo el gobierno está recortando al Ministerio de Ambiente

Hace una semana, el presidente Humala anunció que en el Consejo de Ministros se aprobó un paquete de medidas para reactivar la economía peruana, que serán enviados al Congreso. Sin embargo, se conoció que el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal, votó en contra de estas medidas propuestas por el MEF. Los rumores decían, incluso, que se encontraba al borde de la renuncia. ¿Por qué?

Iván Lanegra, exviceministro de Interculturalidad, ha realizado un análisis al respecto. Cada uno de los puntos podría aclararnos las razones por las que Pulgar-Vidal no está nada contento con este paquete de medidas. Veamos.

1. Reducción de las multas de la OEFA

¿Qué es la OEFA? Basta con decir esto: la OEFA ha sido visto como una amenaza para ciertas empresas que ya han sido sancionadas por atentar contra el medio ambiente. Y ahora, como explica Noticias SER, las medidas reducen las competencias del Minam en relación a las labores de fiscalización de la OEFA. El análisis de Lanegra precisa un poco más este punto:

   Por 3 años el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA deberá sancionar excepcionalmente. Si lo hace, deberá recurrir a medidas correctivas (no deberá multar). Solo si estas no se cumplen, podrá multar hasta por el 35% del máximo que podría imponer actualmente.

A esto hay que sumarle que lo recaudado en multas irá directamente al Tesoro Público. Pero, ¿por qué este tipo de medidas? El Comercio señala que el reajuste se da en base a las críticas del sector minero-energético por su “desmedida severidad sancionadora”.

2. El Minam ya no creará Zonas Reservadas

Primero, ¿qué cosa es una Zona Reservada? Se trata de una categoría temporal, que se otorga a un área para ser protegida mientras se estudia si debe ser considerada Área Natural Protegida. Hasta el momento, el Minam era el encargado de crearlas, pero con el paquete de medidas todo cambia:

   Las Zonas Reservadas (categoría transitoria, que se usa en tanto se realizan estudios para categorizar un Área Natural Protegida) se crearán mediante Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros. Hoy es función del Ministerio del Ambiente – MINAM (solo necesita Resolución Ministerial de la autoridad ambiental).

Para el director de la SPDA, Pedro Solano, esta medida favorece a un grupo específico de empresas:

   “Nos hemos reunido con los empresarios, el gremio y el Minam más de tres veces para explicarles esto. Es falso que sus derechos se vean afectados, pues la Ley de Áreas Protegidas dice expresamente que los derechos preexistentes se respetan. Están mintiendo y lo están haciendo porque a las empresas no les gusta que vaya a haber más ojos encima de sus operaciones”, dice Solano al advertir que de aprobarse la medida solo hará que los conflictos sociales se incrementen.

Y aún hay más.


3. Solo 30 días para opinar sobre EIA

El paquete también propone un plazo de 30 días para  la emisión de las opiniones vinculantes y no vinculantes necesarias para aprobar un EIA (Estudio de Impacto Ambiental). ¿Qué pasa si se pasan de este tiempo? Lanegra tiene de nuevo la respuesta:

    No hacerlo será falta grave y se sancionará al funcionario responsable. Si además dicha opinión técnica es además vinculante (es decir, no es posible aprobar el EIA sin una opinión favorable de la correspondiente entidad), el Titular de la entidad deberá opinar bajo responsabilidad.

Lanegra dice también que “emitir opiniones técnicas vinculantes sobre los EIAs de gran complejidad en menos de 30 días es –al menos– una invitación al error“.

Aquí Pedro Solano sí tiene una opinión favorable; sin embargo, igual asegura que se menosprecia la importancia de los temas ambientales para promover las inversiones.


4. Análisis económico para los estándares de calidad ambiental

Existen dos herramientas para advertirnos de la contaminación, explica Lanegra:

    El ECA (Estándares de Calidad Ambiental) define cuándo el aire, el río o el suelo en el que vivimos están contaminados.

    El LMP (Límites Máximos Permisibles) define cuánta contaminación puede emitir cada empresa.

Hasta el momento, el Minam los aprueba mediante Decreto Supremo y sólo se necesitaba una opinión previa del sector correspondiente. Sin embargo, el paquete del MEF propone algo diferente:

    …sea el Consejo de Ministros, y no el Minam, el que decida en la creación de áreas reservadas y en la fijación de estándares de calidad ambiental (ECA) y límites máximos permisibles (LMP). Dichas medidas serán tomadas en consenso con los sectores involucrados y se refrendarán mediante decreto supremo.

    De esta manera, se prevendría la creación de una nueva área reservada en la franja costera de Piura y Tumbes (que se sobrepone a 11 lotes de hidrocarburos) y la imposición de los nuevos ECA de aire, que las fundiciones de cobre se ven imposibilitadas de cumplir hasta la fecha por ausencia de tecnología adecuada.

Para Isabel Calle, directora del programa de política y gestión ambiental de la SPDA, se está desconociendo con esta medida la autoridad ambiental del Minam:

     “Así funcionaba antes de que existiera el Minam. Están desconociendo que tenemos una autoridad ambiental competente. Están desvalorando y debilitando el sector (…) Es falso que no puedan intervenir en la decisión. Y tampoco afectan la inversión, pues no son exigibles jurídicamente a las empresas”.


5. Más y más recortes

A todo esto, el análisis de Lanegra agrega que “ni la Zonificación Económica Ecológica, ni el Ordenamiento Territorial asignarán usos ni exclusiones de uso“. Además, El Comercio indica que se incorpora un nuevo contrato de estabilidad tributaria a los proyectos mineros “con capacidad de producción inicial superior a las 15.000 toneladas métricas por día“.

Las críticas no se han hecho esperar. César Gamboa de DAR asegura que los procesos técnicos se volverán más políticos, ahora que el Consejo de Ministros decidirá. Por eso, más de 30 organizaciones civiles rechazan estas medidas.

Todo esto ocurre este año, en el que somos la sede de la Cumbre del Cambio Climático COP 20. Es la reunión más importante ambiental (de una de las anteriores COPs salió el Protocolo de Kyoto). Algunos dicen que esta es la única razón por la que que Pulgar Vidal aún no renuncia.

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Golpe al MINAM

No se debe reactivar desmantelando la institucionalidad ambiental del país.

El Congreso de la República debe someter a una minuciosa revisión los proyectos de ley N0 03626 y N0 03627 remitidos por el Ejecutivo y cuyo propósito inicial es reactivar la economía, conforme fue anunciado por los voceros del gobierno. Al hacerse públicas las iniciativas de ley se advierte un claro propósito de reducir las competencias del Ministerio del Ambiente (MINAM) y disminuir la potestad controladora, reguladora y sancionadora del Estado en materia ambiental.

El contenido de las disposiciones remitidas al Parlamento supone un desmantelamiento de la débil y aun inicial institucionalidad ambiental de la que se está dotando el país con el propósito de fortalecer un modelo de desarrollo sostenible y sustentable y garantizar una gobernanza ambiental, objetivos inscritos en un vasto consenso nacional de aprovechar para los peruanos de ahora y mañana las enormes ventajas comparativas que significa nuestra biodiversidad.

De aprobarse estas leyes sin modificaciones se concretará un severo golpe al MINAM, un corte de brazos, reduciendo sus facultades para establecer Áreas Naturales Protegidas, para establecer los Límites Máximos Permisibles (LMP) y Estándares de Calidad Ambiental (ECA), y para sancionar a través del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) a quienes vulneren las disposiciones ambientales.

La ofensiva contra la legislación ambiental es peligrosamente más audaz; reduce a 30 días el plazo para la emisión de las opiniones vinculantes y no vinculantes para los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), un período en el que, de acuerdo con la experiencia, no es posible una valoración técnica competente de un proyecto que implicará daño ambiental. Del mismo modo, se pretende revertir los afanes en el manejo territorial de las políticas públicas al promover que no se asignen usos o exclusiones de uso en virtud de la Zonificación Económica Ecológica o el Ordenamiento Territorial.

Las medidas planteadas rompen el consenso ambiental alcanzado desde la recuperación de la democracia y que ha venido perfeccionándose con la creación de una institucionalidad que requiere ser fortalecida. La creación del MINAM, la OEFA, la Autoridad Nacional del Agua (ANA), el Servicio Nacional de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), y el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), han enriquecido nuestras políticas públicas y dibujado un Estado más calificado para resolver las controversias y conflictos sociales, y más amigo del diálogo como un elemento de la inversión, especialmente la de carácter extractivo.

Es cierto que el Estado necesita dinamizar las inversiones. No obstante, como lo ha señalado el titular del MINAM, la llamada “permisología” no se encuentra en su sector debido a que el MINAM no aprueba los estudios de impacto ambiental sino reside en la desarticulación del espacio público y la demora de procedimientos por exceso de trámites.  Por esa razón, siendo justa y políticamente correcto el interés de reactivar la economía y encarar la desaceleración del crecimiento, estos propósitos no se alcanzarán a costa del sacrificio de otros valores e imperativos, los de equidad y justicia. Es preciso recordar que el mundo está renunciando a un desarrollo dañino del ambiente, ahora ya considerado un no desarrollo.

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