El mayor fallo de la gestión es que ni los pescadores ni los gestores poseen los conocimientos necesarios para dirigir algo tan complejo como un ecosistema marino costero. El derecho a pescar no se debería basar en si uno dispone del dinero suficiente para comprarse un barco, sino en los conocimientos y la voluntad de trabajar en colaboración con los gestores y los científicos para hacer que la pesca sea sostenible. El derecho a pescar se debería ganar o perder según la voluntad de aceptar unos límites razonables a las capturas.

Paul Greenberg

3 de junio de 2026

LA PESCA: EL NEGOCIO QUE EL ESTADO PERUANO NO COBRA

 

El modelo pesquero peruano no es la única forma de hacer las cosas.

Hay países que capturan mucha más renta del recurso pesquero y no por casualidad, sino por diseño institucional.

PAÍSES QUE CAPTURAN MÁS RENTA PESQUERA

Noruega (el estándar alto)

Usa cuotas estrictas + control total del recurso. Cobra  impuestos altos,  licencias,  recientemente impuesto a la renta extraordinaria (salmones)

Resultado:

- El Estado captura una **porción significativa de la renta**

- Parte va a fondos públicos (similar a petróleo)

Clave: El recurso es tratado como activo estratégico nacional

- Sistema de ITQs (cuotas individuales transferibles)

- Las cuotas tienen valor económico real

- El Estado captura renta vía:  impuestos, licencias, regulación estricta

Resultado: Alta eficiencia y  Alta captura de valor nacional

Clave: El acceso al recurso no es barato ni automático.

Nueva Zelanda (modelo económico puro)

Sistema de cuotas totalmente definido. Fuerte monitoreo y cumplimiento

Cobro por: acceso y gestión del recurso

Resultado:  El Estado recupera costos y captura renta adicional.

Clave: El sistema está diseñado como mercado regulado, no subsidio implícito

Chile (más exigente)

Tiene cuotas industriales (similar a Perú). Pero cobra: patentes pesqueras, pagos por tonelada, licencias

Resultado:  Captura más renta que Perú (aunque con críticas internas)

Clave: El acceso al recurso sí tiene un costo más tangible

Perú

- No cobra por cuota (como activo valioso)

- No aplica regalías

- Usa un derecho de pesca ligado al precio, pero muy bajo en el caso de la anchoveta

- No cobra o cobra muy poco en el caso de las demás especies.

En la práctica, es un sistema de acceso barato o gratis, a un recurso público masivo.

No existe una serie pública, ordenada y transparente año por año de la recaudación y empleo de los derechos de pesca, lo cual ya es un problema en sí.

Volatilidad alta:  No es un ingreso estable, depende más de las  condiciones oceanográficas, clima,  cuotas,  que de diseño fiscal.

La tasa en el caso de la anchoveta(0.43% del valor FOB de la harina de pescado) es estructuralmente baja.

El factor dominante no es el precio. Lo que manda es cuánta anchoveta se pesca.

Vulnerabilidad total a las condiciones oceanográficas: menos cuota, colapso de ingresos.

El Estado no captura renta estable.

El sistema no está diseñado para capturar renta, sino para cobrar un peaje bajo por acceso al recurso.

No existe información pública directa de cuánto paga cada empresa en derechos de pesca. PRODUCE no publica ese desglose.

No hay pagos por otras especies.

Ver antecedente en el siguiente link:

https://revistapesca.blogspot.com/2026/05/peces-baratos-y-mucha-ganancia-el.html

 Diferencia estructural

El punto incómodo (pero central) no es que Perú “no pueda” capturar más renta. Es que decidió no hacerlo (o no ha logrado sostenerlo políticamente).

Por qué esos países sí pueden

Tres factores clave:

1. Instituciones fuertes: La ciencia manda (no la coyuntura política)

2. Recurso valorizado:  El acceso cuesta dinero real

3. Estado con rol activo: No solo regula sino que también captura renta

Qué implicaría para Perú si se moviera hacia esos modelos:

-Subir derechos de pesca

- Cobrar por cuotas

- Vincular pago a biomasa y sostenibilidad

Resultado probable:

-Mayor ingreso fiscal

-Mayor conflicto político con la industria y los armadores artesanales.

Conclusión: Los países que capturan más renta no tienen más pescado que Perú pero tienen mejores reglas para cobrar por él.

CONCLUSIÓN 

Las empresas más grandes no solo pescan más… también capturan mucho más valor por tonelada

Las grandes empresas son las que más pagan.  Pero incluso ellas  pagan montos muy bajos en relación al valor que extraen.

En términos simples: El sistema no está diseñado para que el Estado capture más de los grandes actores,  sino para que todos paguen poco… proporcionalmente.

La problemática de los derechos de pesca se ha publicado en tres artículos separados. Pueden leerse en un solo solo en formato PDF en el siguiente link:

https://www.dropbox.com/scl/fi/pvhf715nci06dggjz48v3/El-modelo-pesquero-peruano.pdf?rlkey=amcdarlijp05jk31ue6ah74mq&st=fxcdh0qp&dl=0



31 de mayo de 2026

PECES BARATOS Y MUCHA GANANCIA

 

En el Perú, los derechos de pesca no los paga “todo el que pesca”, sino principalmente un grupo específico: la pesca industrial. En la práctica, este grupo concentra la mayor parte de los pagos al Estado por derechos de pesca. Este es uno de los temas más sensibles del modelo pesquero peruano. El pago lo administra el Ministerio de la Producción.

¿Quiénes están exonerados (o pagan casi nada)?

Cabe destacar que la norma no se aplica a los armadores ni a las embarcaciones según su clasificación, sino a las especies capturadas. El reglamento de la Ley General de Pesca no considera a las especies capturadas por esta pesquería como sujetos de pago. En consecuencia, la pesca artesanal que tiene a estas especies como objetivo, no paga derechos de pesca.

El Artículo 45 de capítulo III del Reglamento de la Ley General de Pesca, DS 012-2001-PE, solo menciona a los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con una tase del 0.075% UIT/ton. por TM extraída. Y para el recurso merluza: 0.15 % UIT/ton. por TM descargada. En consecuencia, al no mencionar a las otras especies, quedan tácitamente exoneradas. En el tiempo se han introducido pocos y pequeños cambios en el porcentaje pero que no son significativos, por lo cual el concepto de que “pagan poco” se mantiene vigente.

El caso de la anchoveta es único. Con el D.S. Nº 007-2002-PRODUCE, se establece en 0.23% de la UIT por tonelada métrica de recursos hidrobiológicos extraída para el CHI. Con fecha 20 de octubre del 2002 el DS 011-2002-PRODUCE rebaja hasta 0,116% UIT/tonelada métrica por recursos destinados al CHI.

El cambio más significativo fue el DS 024-2006-PRODUCE (del 26/11/2006) que modifica el monto de derechos de pesca de la anchoveta y dispuso que se efectuará sobre la base de aplicar el 0.25% del valor FOB por tonelada de harina de pescado, promedio Aduanet. Esto fue modificado por el DS 007-2019-PRODUCE del 10 de julio del 2019 que modifica el monto dispuesto con el DS 024-2006-PRODUCE, estableciendo que el pago de derechos por concepto de extracción de recursos hidrobiológicos destinados el consumo humano indirecto se efectúa sobre la base de aplicar el 0.43% del valor FOB por tonelada de harina de pescado, computable sobre el precio promedio mensual según información oficial que emita ADUANET. Es el que está vigente a la fecha y sobre el cual se conoce la metodología empleada para su cálculo. En el caso de las demás especies no hay información de la metodología usada para determinar los porcentajes aplicados.

El resultado es un sistema donde pocos actores grandes pagan, pero no necesariamente lo suficiente. Muchos actores pequeños no pagan, por razones sociales y políticas.

En resumen

Pagan las grandes empresas (sobre todo anchoveta para harina y aceite). Pagan derechos la anchoveta, el jurel, la caballa, la merluza, el atún. La pota (calamar gigante), el perico (mahi-mahi), el bonito, cangrejo, conchas, etc. no  pagan derechos de pesca. El consumo humano directo en general, no paga.

El grueso de la recaudación proviene de una sola especie: la anchoveta. Muchas otras especies generan valor económico pero no contribuyen proporcionalmente al Estado. Destaca la pota, el principal recurso de CHD hoy en día con rango de exportaciones importante; pero al que curiosamente no se le han asignado derechos de pesca.

Para las especies distintas a la anchoveta en CHI, no existe una tasa uniforme, clara ni significativa como porcentaje del valor (tipo 0.43%). En la práctica, la “tasa” es cercana a cero o irrelevante en términos económicos. No tienen una tasa equivalente en % del valor referencial de algo. No existe algo como “0.43% del valor del jurel” o “X% del valor de la caballa”.

El pago de derechos por concepto de explotación de los recursos hidrobiológicos, excepto la anchoveta, se establecen en función a un porcentaje de la UIT (Unidad impositiva tributaria). El esquema es totalmente distinto al último de la anchoveta. Debe mencionarse que no se ha encontrado antecedentes de cómo se determinó el monto a pagar para todas las especies dispuesto en el Reglamento de la Ley General de Pesca y sus subsecuentes cambios hasta llegar al último de la anchoveta.

El problema real

Es cuánto debería cobrar el Estado por recursos que son de todos.

Hay una diferencia entre la determinación del monto a cobrar por derecho y la forma de cobro. El primero resulta generalmente del cálculo de la renta generada por el recurso y/o los costos requeridos para la gestión de la pesquería por parte del Estado; mientras que el segundo configura la manera como el estado establece captar el pago por Derecho de Pesca.

Sobre el segundo punto, existen diversas formas de cobro en las que el Gobierno puede capturar parte de la renta generada por las pesquerías:

-Según el valor de la cuota: se determina el pago como una fracción del valor de la cuota. Dicho valor se obtiene utilizando un precio de mercado (Rusia).

-Cargo a las utilidades: método que determina el pago por Derecho de pesca como una proporción de las utilidades que generó el armador. (Australia).

-Cargo fijo: Se determina un pago fijo según escala de la embarcación (Vietnam)

-Cargo ad valórem: Se determina como un porcentaje del precio del recurso. Este método está sujeto a las variaciones en el valor de venta del recurso. (Islandia, Namibia, Perú y el pago de impuesto en Chile).

-Generalmente se procura utilizar, como criterio, una proporción de la renta generada por el recurso (Ingresos obtenidos menos los costos incurridos en la extracción).

El caso de la anchoveta para CHI

Cálculo de la Renta Generada por el Recurso

El criterio utilizado en Perú, en el caso puntual de la última modificación de la anchoveta, fue tomar una proporción de la renta generada por el recurso, la cual se define como el ingreso resultante de diferenciar los ingresos y los costos de extracción.

Los pasos utilizados para calcular la renta generada por el recurso y determinar el pago por derecho de pesa fueron los siguientes:

1. Determinación de los ingresos generados por el desembarque del recurso.

2. Determinación de los costos de extracción (incluido el retorno del capital).

3. Cálculo de la renta generada por el recurso.

4. Determinación del pago por Derecho de Pesca

Independientemente de la forma de determinación del Derecho de Pesca,  ¿Qué tasa o monto cobrar?

1. ¿Se paga poco por un recurso enorme en el caso de la anchoveta?

La anchoveta es la pesquería más grande del mundo. Pero el derecho de pesca es muy bajo como porcentaje del valor final. El Estado captura poca renta del recurso. Y aquí está el problema. Debemos entender el concepto de participación en la renta, por cuanto es fundamental para hacer cálculos de cuál es la tasa justa. No se trata simplemente de jugar con números y porcentajes.

2. ¿El cálculo es técnico o político?

El último cambio en la tasa fue cuestionado en su momento y se debate si responde a un análisis económico real  o a presión de la industria, quien se resistía a que se aplique, como lo muestra la prensa de la época.

3. ¿En qué se invierte lo recaudado?

¿Cómo se distribuyen los derechos de pesca? 

El 50% de los recursos provenientes de los derechos de pesca se traslada al Canon pesquero según la Ley del Canon.

Hasta el 25% del total para actividades y/o proyectos con fines de investigación científica, tecnológica, capacitación y otros vinculados al desarrollo pesquero y/o acuícola (Comisión de Derechos de Pesca) según Reglamento de la Ley General de Pesca,

El otro 25% del total para actividades de gestión propias del Ministerio de la Producción.

En teoría, lo recaudado debe financiar:  investigación científica; gestión de la pesca; canon pesquero.

Pero en la práctica: hay dudas sobre su uso efectivo porque no hay información pública y oficial sobre el empleo de la recaudación.

EN RESUMEN:

CHI = pesca industrial (harina/aceite).

Derechos de pesca = pago al Estado por capturar algunos recursos hidrobiológicos.

En el caso puntual de la anchoveta para CHI se calcula como porcentaje del valor de exportación.

Eso implica que: 1 TM de anchoveta genera mucho más valor después de procesarse. El negocio real está en la transformación + exportación.

El año 2025 como ejemplo

Variables:

Precio de harina de pescado: US$1 433.39 por tonelada promedio al 2025.

Desembarque de anchoveta 2025: 4,070,566 toneladas.

Precio promedio x 0.43% = US$ 6.41 es lo que se paga por tonelada de anchoveta desembarcada

Recaudación estimada en 2025, como muestra y ejemplo:

Exportación de harina de pescado 2025 US$            1,857´298,400

Exportación de aceite de pescado 2025 US$             517´611,000

Total exportado  en US$                                      2,374´909,400

Fuente: cuadro G1 de nota tributaria de la Sunat

1. Lo que captura el Estado (derechos de pesca)

Tasa actual : 0.43% del valor FOB de la exportación de harina de pescado. Al 2025 US$ 6.41x tm

Total que debió o debe recaudarse en 2025: US$ 26´094,515 que a un tipo de cambio de 3.35 da S/. 87´416,628.

El Estado capturó aproximadamente el 1.1% del valor exportado vía derechos de pesca

2. Lo que capturan las empresas

Para producir 1 TM de harina → se necesitan ~4.3 TM de anchoveta.

Ingresos principales

- Venta de harina de pescado

- Venta de aceite de pescado

Captura de valor

- Margen industrial (procesamiento)

- Ganancia por exportación

- Integración vertical (flota + planta)

Es decir: Controlan toda la cadena de valor.

3. El argumento de la industria para oponerse al aumento de la tasa:

- El derecho de pesca “NO es el único pago”

Incluyen en sus costos:

- Impuesto a la renta

- Aportes laborales

- Aportes al Programa de vigilancia y control

Su argumento:

 “No pagamos poco, el problema es mirar solo una parte”

4. El punto crítico, donde está el conflicto real y el núcleo del debate está en una diferencia clave:

No es lo mismo “impuestos” que “renta del recurso”. Los Impuestos se pagan en cualquier industria. El Derecho de pesca es el pago por usar un recurso o bien público.

Entonces la pregunta correcta es:  ¿Cuánto paga la industria por el recurso en sí, no por operar como empresa?

5. Cruce de datos



Conclusión

El Estado: captura muy poca renta directa del recurso.

Las empresas capturan la mayor parte del valor económico,  especialmente en la exportación.

En términos simples: El Perú exporta anchoveta con bajo “peaje” por uso del recurso, pero con alta captura privada del valor agregado.

El Perú cobra muy poco y/o nada por el resto de especies capturadas, bien sea por la flota industrial o artesanal.

Donde esto se vuelve crítico

En el caso anchoveta, cuando la captura  de juveniles pone en riesgo la biomasa; cuando las decisiones políticas se imponen sobre las recomendaciones científicas; cuando se politiza el rol del IMARPE

Porque si el recurso se degrada  y el Estado captura poca renta, entonces el país pierde dos veces: biomasa + valor económico

El sistema no está diseñado para capturar renta,  sino para cobrar un peaje bajo por acceso al recurso.

En el caso de las otras especies que pagan poco, existe una deuda pendiente: capturar la renta del mar peruano. Cobrar mejor por los recursos pesqueros es una reforma que el Perú necesita. El país tiene que pasar del acceso barato a la renta justa, repensando los derechos de pesca.

En el caso de las especies que no pagan nada, se debe ordenar el mar y también cobrar bien, lo que debe llevarnos a una reforma inevitable sobre los derechos de pesca.

Desde la promulgación del reglamento de la ley general de pesca, solo la tasa de derechos de pesca de anchoveta ha evolucionado favorablemente. La metodología se perfeccionó y la tasa se incrementó. La del resto de especies necesitan ser revisadas.

En las última décadas, el sector se debate entre dos extremos: el que defiende a ultranza a la pesca industrial, en especial de anchoveta y el que la ataca. Un nuevo gobierno debiera ser la oportunidad para diseñar una nueva ley de pesca que concilie ambos extremos y encuentre un punto medio, un equilibrio entre la rentabilidad empresarial, la sostenibilidad y los intereses del país.

Ver antecedente en el siguiente link:

https://revistapesca.blogspot.com/2026/05/pescar-sin-pagar-el-modelo-pesquero.html

27 de mayo de 2026

Los recursos pesqueros un bien público, una renta privada

 

El Punto de partida: ¿de quién es el recurso hidrobiológico?

Hay abundancia de algunos recursos, pero no necesariamente buena captura de valor.

La constitución política del Perú en el CAPÍTULO II DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES Artículo 66°, dice: Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación.  El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal.

La anchoveta, así como los otros recursos, no es de las empresas. Es un recurso natural del país, administrado por el Estado a través de entidades como IMARPE y PRODUCE.

Una pregunta difícil de responder: ¿Cuánto cuesta el pez en el agua antes de ser extraído?

Los peces en el agua no se cuidan, no se riegan, no se abonan, no se les alimenta. Nadie gasta en mantenerlos. Sobreviven por sí mismos. Cuando alguien los extrae de su hábitat, si bien es cierto tiene un gasto para hacerlo, al final los peces son gratis.

¿Deben serlo?

La distribución del canon pesquero en base a índices, es ineficaz e injusta. El que existan recursos que no pagan debido a la modalidad de extracción, empeora la situación.

Sobre el impuesto a la renta aportado por el sector se sabe poco o nada puesto que no se publica información oficial sobre montos recaudados, quienes pagaron y quienes no.

La pesca como generadora de renta económica. ¿Qué son los derechos de pesca?

Son el pago que hacen las empresas al Estado por extraer un recurso que es de todos los peruanos.

Conceptualmente la anchoveta, como cualquier otro recurso hidrobiológico, es patrimonio de la Nación. El Estado cobra una retribución económica (derecho de pesca) por su explotación.

Los pescadores artesanales realizan capturas sin pagar ningún derecho de pesca, y los industriales pagan muy poco.

Las tasas actuales de derechos de pesca ¿son suficientes o justas, para los recursos afectos?

Hablar de los derechos de pesca

En el Perú resulta un tema controversial y complicado. Por un lado, como implica que los armadores (no todos ya que los artesanales están exonerados) tienen que pagar algo por el derecho a extraer peces del mar, causa rechazo. A nadie le gusta pagar tasas ni impuestos. Y cada vez que se pretende modificar la tasa, en especial la de la anchoveta para CHI, surgen críticas, reclamos, e inundación de noticias en los medios para expresar que se paga demasiado.

Por otro lado y como principal problema: no existe información pública directa de cuánto paga cada empresa por derechos de pesca. PRODUCE no publica ese desglose. Tampoco publica quién pagó ni quien debe ni cuánto se ha recaudado años tras año o lo que ha hecho con ese dinero.

Sin embargo existe abundante información en los medios sobre las exportaciones pesqueras y la generación de empleo con cifras, algunas imposibles de creer y sin sustento ni evidencia, lo que supone un sesgo hacia una sola parte de la actividad pesquera: sus ingresos, mas no sus aportes al país.

¿Derechos o participación en la renta?

El tema no es la asignación de una tasa como derecho de pesca, sino la participación del país en la renta del recurso.

Antes de entrar al análisis es necesario entender  qué es la participación en la renta. Es, en sencillo, qué parte de la riqueza (ganancias) generada por una actividad económica se queda cada actor. La participación en la renta es un concepto financiero, corporativo y fiscal que se refiere al derecho o proporción de las utilidades (renta neta) que le corresponde recibir a un inversionista, socio o participante de un negocio.

Cuando una actividad produce dinero (por ejemplo la pesca), se genera una renta económica. Esa renta se reparte entre: El Estado, a través de impuestos, regalías, derechos. Las empresas, utilidades. Y a veces trabajadores u otros actores.  La participación en la renta mide qué porcentaje se lleva cada uno.

En este caso, la población del Perú, representada por el Estado, es el dueño del recurso que genera la renta. Entender esto es fundamental. Este concepto es clave en sectores de recursos naturales (como la pesca), porque los recursos son de todos los ciudadanos. El Estado decide cuánto cobrar por su uso y define si el país captura poca o mucha renta.

El caso de la anchoveta para el CHI

CHI = Consumo Humano Indirecto, es decir, anchoveta que no se destina a comer directamente, sino a: Harina de pescado y aceite de pescado. Esta es la base de la industria pesquera industrial del Perú.

¿Cómo se calculan para CHI?

Para anchoveta destinada a CHI, el derecho de pesca se calcula como un porcentaje del valor de la harina de pescado (FOB). Antes: era el 0.25% y luego se elevó a: 0.43% del valor FOB de la harina de pescado.

Es decir: Si sube el precio internacional de la harina, sube lo que paga la industria.  Si baja el precio, también baja el pago.

Entonces, ¿debe el país participar en la renta de la harina de pescado?

En este escenario, cuando una empresa captura anchoveta y la convierte en harina de pescado, está usando un recurso patrimonial de la Nación. Por lo tanto, el país debe participar de la renta de la industria reductora de harina de pescado no por “ideología”, sino por lógica económica y de propiedad. En una proporción justa.

Además, por tres razones estructurales:

(1) Propiedad colectiva

El recurso pertenece a todos los ciudadanos.

El Estado debe capturar parte de la renta en nombre de la sociedad.

(2) Renta económica

En industrias como la harina de pescado, no todo es “ganancia normal” por esfuerzo empresarial. Hay una renta asociada a: Abundancia natural del recurso. Condiciones oceanográficas excepcionales del Perú

Esa renta no la “creó” la empresa → es capturable por el Estado.

(3) Equidad intergeneracional

La sobreexplotación hoy reduce riqueza futura.

Capturar renta permite: Invertir en ciencia o en lo que fuese.

El verdadero debate no es “sí o no”. La pregunta importante no es si debe haber participación estatal,  sino: ¿Cuánta participación y cómo se cobra?

Porque debe haber un equilibrio:

Muy baja participación → el país “regala” renta

Muy alta o mal diseñada → desincentiva inversión o fomenta evasión

En el Perú, la realidad es incómoda. En la anchoveta para harina de pescado el Estado cobra derechos de pesca relativamente bajos y la mayor parte de la renta queda en las empresas

Hay participación estatal… pero es limitada.

El país debe tener participación en la renta de la harina de pescado porque el recurso es público y existe renta económica capturable. Es una herramienta de equidad y sostenibilidad

La dificultad radica en establecer con precisión el precio de ese derecho de pesca de forma que ni sea tan grande que acabe con la explotación ni tan pequeño que no haga partícipe del negocio al país. El Estado debe participar en forma justa y equitativa no solamente en la rentabilidad del negocio, sino que, también debe ser resarcido por los impactos que la pesquería causa sobre el ecosistema y el medio ambiente, los cuales son independientes de la rentabilidad del negocio.

Esto tiene que ser entendido en su verdadero contexto. El impuesto a la renta de tercera categoría es una participación en las utilidades empresariales. Pero ocurre que una empresa puede tener grandes, medianas o pequeñas utilidades; o aún pérdidas. Depende de su nivel de eficiencia. Sin embargo para llegar a cualquiera de esos niveles de utilidad o pérdidas, se ha efectuado una extracción de recursos pesqueros real, con los efectos e impactos inevitables que ello produce sobre el ecosistema y el medio ambiente; más aún luego de su procesamiento. Ese solo acto merece una compensación adecuada.

Pero la discusión clave y política es otra:

¿Está el Perú capturando lo que debería… o está dejando renta sobre la mesa?

La renta que se escapa debe ser el debate pendiente sobre los derechos de pesca.


21 de mayo de 2026

LA PRIMERA TEMPORADA DE ANCHOVETA 2026

 


ANCHOVETA JUVENIL: EL SAQUEO SILENCIOSO DEL MAR PERUANO

 La presencia masiva de anchoveta juvenil no es solo un problema técnico: es uno de los riesgos más serios para la sostenibilidad de la pesquería peruana de anchoveta.

La anchoveta juvenil es aquella que aún no ha alcanzado la talla mínima de reproducción. Esto significa que:  No se ha reproducido ni una sola vez, lo cual es clave para el reclutamiento futuro (los peces que sostendrán la biomasa en los próximos años).

El riesgo principal es romper el ciclo poblacional. Cuando se captura anchoveta juvenil en grandes cantidades, ocurre algo crítico:

1. Se reduce el stock futuro

   Menos juveniles → menos adultos → menos desove.

2.Colapso del reclutamiento

   Si muchos juveniles no llegan a adultos, la biomasa cae en cascada.

3. Mayor vulnerabilidad ambiental

   Eventos como El Niño amplifican el problema: menos juveniles sobreviven y además se pesca lo poco que queda.

La biomasa depende de una ecuación simple en esencia: Biomasa futura = Adultos actuales + Reclutamiento – Mortalidad (natural + antropogénica). Si pescas juveniles: Se está reduciendo directamente el reclutamiento.  Es como “comerse la semilla en lugar de la cosecha”.

 

CIENCIA O RESULTADO ECONOMICO EN LA PESCA

Plantearlo como una disyuntiva tajante —“ciencia vs. resultado económico”— es, en la práctica, un falso dilema. Si se elige mal, el resultado económico también se destruye, solo que un poco más tarde.

En pesca, la “ciencia debe fijar los límites” y la “economía debe operar dentro de ellos”. No es un tema ideológico, es un tema de sostenibilidad básica: si sobreexplotas el recurso hoy para maximizar ingresos, mañana simplemente no habrá qué pescar.

Un buen ejemplo es lo que ha pasado históricamente con la anchoveta en el Perú. Cuando decisiones políticas o presiones económicas han relajado criterios técnicos del Instituto del Mar del Perú, los impactos han sido claros: caídas en biomasa, temporadas más cortas o cierres abruptos. En cambio, cuando se respeta la recomendación científica, incluso si implica capturas más bajas en el corto plazo, el sistema se recupera y la industria (harina, aceite, consumo humano) termina siendo más estable y rentable.

Esto se entiende mejor con tres ideas clave:

1. La ciencia define el “cuánto” y el “cuándo”.

Cuotas, vedas, tallas mínimas, zonas de exclusión… todo eso responde a dinámicas biológicas (reproducción, reclutamiento, variabilidad climática como El Niño). Ignorarlo es como gastar capital en lugar de vivir de los intereses.

2. La economía define el “cómo aprovechar”.

Una vez fijados los límites, sí entra la eficiencia: valor agregado, diversificación (consumo humano directo o harina), formalización, reducción de desperdicio, etc.

3. El corto plazo engaña.

Las decisiones “rentables” hoy pero contrarias a la ciencia suelen generar picos artificiales seguidos de colapsos. Eso destruye empleo, inversión y credibilidad.

En uno de los sistemas pesqueros más grandes del mundo, como es el peruano, esto es todavía más crítico por la alta variabilidad ambiental. Aquí, ignorar la ciencia no solo es irresponsable, sino que es económicamente torpe.

El sistema peruano se basa en: Recomendación científica de Instituto del Mar del Perú y decisión final del Ministerio de la Producción del Perú.

El problema en 2026: Se abrió la temporada con señales tempranas de alta presencia juvenil en varias zonas.

Qué debió pasar: Postergar o fraccionar la apertura y abrir solo zonas con mayor proporción de adultos.

Qué pasó: Se privilegió una apertura más amplia → mayor exposición al riesgo.

En el Perú, falla el sistema cuando instituciones como el Instituto del Mar del Perú generan evidencia científica que sugieren precaución; pero la decisión política tomada por el Ministro de la Producción va por autorizar la apertura de la temporada con alta presencia juvenil. Posteriormente, muestra una débil fiscalización en tiempo real. Por otro lado existe presión económica de la industria, de la cual no es capaz de evadirse y maquilla el asunto con el uso insuficiente de cierres de zonas con juveniles.

¿Dónde exactamente está fallando el sistema? En 3 fallas estructurales:

1. Falla de precaución: Se abre la temporada con incertidumbre alta → debería ser al revés.

2. Falla de velocidad: El sistema reacciona tarde frente a datos de juveniles.

3. Falla política: Las decisiones no son 100% consistentes con la evidencia científica.

Cuando ocurre esto, se está frente a un riesgo serio de altos porcentajes de juveniles en desembarques; flotas operando en zonas con alta concentración juvenil; cierres tardíos o parciales y se pretende echar paños fríos al asunto con un discurso oficial minimizando el problema.

La captura intensiva de anchoveta juvenil es una de las formas más rápidas de erosionar la biomasa sin que el colapso sea inmediato pero sí inevitable. No es un problema menor ni económico o financiero, es biología  de poblaciones de peces. Cuando se ignora, el costo lo paga todo el sistema: pesca, economía y ecosistema.

No es que el sistema no tenga herramientas. El problema es cómo se están usando. En 2026, el patrón observable es, como en anteriores temporadas, el siguiente: Se detecta juvenil → se pesca igual → se corrige tarde → se repite.

Eso, acumulado, sí pone en riesgo la biomasa futura, incluso si hoy las cifras totales de captura parecen “normales”.

Sin ciencia no hay recurso; sin recurso no hay economía.

 ¿CUÁL ES LA SOLUCIÓN PARA QUE ESTO NO SE REPITA AÑO TRAS AÑO, TEMPORADA TRAS TEMPORADA?

19 de mayo de 2026

COMO REFORMAR LA DESIGNACION DEL PRESIDENTE DEL IMARPE

 

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL IMARPE:

PROPUESTAS PARA LA SELECCIÓN DE SU PRESIDENCIA

 


 

El IMARPE es una institución demasiado importante para el país, como para que esté en manos de los políticos. No debe ser dirigida por alguien fuera de la ciencia, como se analiza en el siguiente link:

https://revistapesca.blogspot.com/2026/05/el-imarpe-debe-ser-dirigido-por-el.html

Un modelo de reforma del sistema de nombramiento del presidente de IMARPE, inspirado en buenas prácticas de organismos técnicos (tipo banco central, agencias científicas y estándares de otras instituciones similares) se hace necesario. No basta con “nombrar mejor” a una persona: hay que blindar el proceso para lo cual se debiera considerar las siguientes medidas:

1. Sacar el cargo de la lógica de “confianza política”

Hoy el principal problema es que el presidente de IMARPE es, en la práctica, un cargo de confianza del Ejecutivo.

Reforma clave: Convertirlo en un cargo técnico con designación meritocrática obligatoria. Lo que conlleva a que el Ejecutivo ya no elige libremente, sino dentro de una terna técnica.

Sin esto, todo lo demás es cosmético.

2. Crear un Comité de Selección independiente

Este es el corazón del sistema.

Composición sugerida:

1 representante de CONCYTEC

1 de la academia (universidades con investigación marina)

1 de la comunidad científica internacional (observador externo)

1 del Estado (pero no del sector producción directamente)

1 de la sociedad civil técnica (no gremial)

Función: Diseñar el perfil, evaluar candidatos, proponer una terna vinculante

3. Concurso público internacional y transparente

Elementos obligatorios:

*Convocatoria pública (nacional e internacional)

*Publicación de: CV completo, trayectoria científica (papers, proyectos), declaraciones de conflicto de interés.

*Entrevistas públicas o al menos registradas.

Esto eleva el estándar y evita “designaciones silenciosas” o direccionadas.

4. Requisitos mínimos duros (no negociables)

El problema actual es que los requisitos son demasiado flexibles.

Deben incluir:

*Doctorado o equivalente en ciencias del mar, pesquería, oceanografía o afines

*Producción científica comprobada

*Experiencia liderando investigación o instituciones científicas

*Experiencia en gestión (pero subordinada al componente científico)

Si no cumple esto, ni siquiera debe entrar al proceso.

El perfil sugerido puede verse en el siguiente link:

https://revistapesca.blogspot.com/2026/05/investigacion-cientifica-en-la-pesca.html

5. Mandato fijo y no necesariamente coincidente con el gobierno

Propuesta: La duración del cargo debe ser de 5 o 6 años y no necesariamente debe coincidir con el periodo presidencial. Solo puede ser removido por causales objetivas: falta grave, corrupción, incapacidad comprobada.

Esto es clave para la independencia real.

6. Remoción con control institucional (no discrecional)

Hoy el problema no es solo quién entra, sino que puede salir fácilmente.

Reforma: La remoción debe requerir informe técnico motivado, validación del Consejo Directivo, o control de un órgano autónomo.

Esto evita que lo saquen por presiones coyunturales (ej. cuotas de pesca o vedas).

7. Fortalecer el Consejo Directivo (contrapeso real)

Reforma:

*Consejo con mayoría de perfiles técnicos independientes

*No dominado por el sector político

*Función real de supervisión estratégica

*Modelo similar a directorios de bancos centrales o agencias regulatorias.

8. Régimen estricto de conflictos de interés

Reglas:

*Prohibición de vínculos recientes con la industria pesquera.

*Periodo de “enfriamiento”, concepto que significa un tiempo de espera obligatorio que debe pasar antes de que un funcionario pueda pasar al sector privado relacionado con su cargo o asumir funciones que puedan generar conflicto de interés.

9. Evaluación de desempeño pública y periódica

Indicadores: calidad científica (publicaciones, impacto); credibilidad técnica; cumplimiento de planes de investigación; transparencia

Resultados:  publicados anualmente, genera trayectoria sin politizar.

10. Un modelo de referencia útil

Sin copiar mecánicamente, el espíritu debería acercarse a:

Banco Central de Reserva del Perú → independencia + estabilidad

NOAA → ciencia aplicada a política

CSIRO, agencia científica nacional de Australia, → gobernanza científica

11. Qué cambia realmente con esta reforma

No es solo procedimiento. Cambia el equilibrio de poder:

Antes: Política → nombra → ciencia asesora

Después: Ciencia → filtra → política elige dentro de límites

Es un cambio de lógica, no solo de reglas.

Muchos cargos en el sector (incluido IMARPE) son de libre designación y remoción,  sujetos a cambios frecuentes. Esto elimina cualquier “enfriamiento institucional” interno: no hay estabilidad, no hay independencia científica real,  no hay tiempo para decisiones de largo plazo.

Esto genera un problema estructural: La ciencia (IMARPE) propone. La Política decide. Los intereses presionan y los funcionarios rotan rápido, si no responden a las consignas. El resultado es una gestión mediocre que no necesariamente protege al ecosistema marino, o por lo menos no con la eficiencia que debiera.

12. Objetivos

El objetivo no es encontrar a la persona perfecta,  sino diseñar un sistema donde sea difícil nombrar a la persona equivocada.

16 de mayo de 2026

¿LA POLITICA DIRIGE A LA CIENCIA EN LA PESCA?

 



  1. Patrón histórico: una institución científica dirigida desde fuera de la ciencia

De inicio se generó una primera gran distorsión:  Se privilegió “control político/sectorial” sobre liderazgo científico. Se separó la “producción de conocimiento” de la “toma de decisiones”

Durante décadas, el diseño institucional del IMARPE no priorizó el liderazgo científico:

La ley original exigía que el presidente del Consejo Directivo fuera “un almirante en retiro”, es decir que el liderazgo recaía en un perfil “militar/naval”, no necesariamente científico. Esto cambió con la promulgación del DL 1677 que derogó al DU-015-2020. Sin embargo a mayo 2026 sigue en la Presidencia un oficial de la Marina en situación de retiro. Al haberse aprobado el nuevo ROF y un nuevo clasificador de cargos deberían producirse cambios.

2. Caso reciente: El actual Presidente es un oficial de la Marina en situación de retiro.

Su Perfil es: experiencia gerencial en sector público y organismos multilaterales, expertise en temas ambientales y de gestión.

Problema: No es claro que tenga trayectoria como “científico marino o investigador pesquero”.

Además de estar en una encargatura temporal, su antecesor fue designado por confianza política. Estas cosas restan legitimidad a la función.

3. Las brechas clave (ideal vs real)

Brecha 1: Ciencia vs gestión

Ideal: Científico de alto nivel liderando la institución

Real: Predominio de: gestores públicos, perfiles administrativos, vicealmirantes retirados (históricamente)

Resultado: “La ciencia no lidera, solo “asesora”

Brecha 2: Independencia vs captura

Ideal: Autonomía técnica frente a presiones políticas y económicas

Real: Alta dependencia del Ministerio de la Producción del Perú, designaciones discrecionales (cargo de confianza)

Riesgo: Influencia de intereses: industria pesquera, coyuntura política, presión por aperturas de temporada

Brecha 3: Estabilidad vs rotación

Ideal: Continuidad para sostener líneas de investigación y políticas.

Real: Cambios frecuentes, encargaturas temporales, falta de horizonte institucional.

Impacto: Se debilita la planificación científica, la credibilidad técnica, la memoria institucional.

Brecha 4: Visión ecosistémica vs enfoque extractivo

Ideal: Enfoque ecosistémico y de sostenibilidad.

Real: IMARPE muchas veces termina operando como soporte técnico para decisiones de extracción determinadas de antemano (cuotas, temporadas).

Problema:  Se subordina la ciencia a la lógica productiva.

Brecha 5: Mérito vs confianza política

Ideal: Selección por trayectoria científica, publicaciones, liderazgo académico.

Real: Nombramientos políticos o de confianza, falta de concursos públicos transparentes.

Consecuencia: Débil legitimidad frente a la comunidad científica.

4. La brecha más crítica (la raíz del problema)

IMARPE produce ciencia de alto nivel, pero no necesariamente es gobernado por la ciencia. Eso genera una contradicción estructural: Los científicos generan evidencia; pero la conducción institucional puede no responder a esa lógica.

5. Implicancia concreta para el Perú

Esto no es solo un tema administrativo. Tiene efectos reales: riesgo de sobrepesca si se ignora evidencia; decisiones cortoplacistas en anchoveta; pérdida de credibilidad internacional; debilitamiento del manejo sostenible del mar peruano.

6. Conclusión directa

Hoy la brecha no es marginal, es estructural:

El perfil ideal exige liderazgo científico con independencia.

El perfil real ha tendido a ser político, administrativo o transitorio.

Mientras esa brecha no se cierre, IMARPE seguirá siendo un gran generador de ciencia… con una gobernanza débil.

Si el problema es estructural, la solución también tiene que serlo. No basta con “nombrar mejor” a una persona: hay que blindar el proceso para que, incluso con distintos gobiernos, el resultado tienda siempre a un perfil técnico, independiente y estable.

 

14 de mayo de 2026

¿CUAL ES EL PROPOSITO DE LA ULTIMA MODIFICACION DEL CLASIFICADOR DE CARGOS EN EL IMARPE?

 

NO CUALQUIERA PUEDE NI DEBE SER PRESIDENTE DEL IMARPE:

EL PERFIL QUE EXIGE LA PESQUERIADEL PERU

 


El perfil del presidente del Instituto del Mar del Perú está definido en la última modificación realizada al Manual de Clasificación de Cargos de la entidad en abril de 2026. Esta no ha sido precisamente la mejor, por cuanto sugiere un perfil más bajo que el anterior Manual.

Esto es lo que indica el manual:

 


https://revistapesca.blogspot.com/2026/04/el-nuevo-perfil-del-presidente-del.html

Como se aprecia, podría tener una formación técnica superior y no requiere maestría ni doctorado, lo que parece poco apropiado para una institución del nivel e importancia como es el IMARPE.

Pareciera que alguien ha diseñado este perfil, modificando el aprobado en diciembre de 2025, para ajustarse a determinada persona en especial que, aparentemente, ya habría sido elegida para el puesto por la(s) persona(s) que tras las sombras dirigen la pesquería peruana.

Hay que entender qué es el cargo:

La Presidencia Ejecutiva es la “máxima autoridad ejecutiva”, responsable de dirigir toda la institución, representar legalmente al IMARPE y ejecutar las decisiones del Consejo Directivo. Además, el IMARPE es el organismo que “provee la base científica para la gestión pesquera del país”.

El perfil ideal debería tener los siguientes componentes y no los que han sido aprobados en abril de 2026:

1. Sólido liderazgo científico (no solo administrativo)

IMARPE es, ante todo, un “instituto de investigación”. Por eso, el presidente debería:

* Tener formación en ciencias del mar, biología pesquera, oceanografía o afines.

* Entender modelos de evaluación de stocks, ecosistemas y cambio climático.

* Poder dialogar de igual a igual con la comunidad científica.

Si no tiene base científica, se rompe la lógica central: IMARPE deja de ser un “ente técnico” y se vuelve político.

2. Experiencia en gestión pública compleja

El cargo no es solo académico. Implica:

* Dirigir presupuesto público (es titular de pliego)

* Gestionar equipos multidisciplinarios grandes

* Coordinar con el Ministerio de la Producción y otros actores

Se necesita experiencia real en gestión pública o institucional de alto nivel.

3. Independencia técnica frente a presiones políticas y económicas

Este es probablemente el punto más crítico en el caso peruano.

El presidente debe:

* Proteger la evidencia científica frente a presiones del sector pesquero

* Evitar captura por intereses (industria, lobistas, coyuntura política)

* Garantizar que las recomendaciones científicas no se manipulen

* Pensar en sostenibilidad intergeneracional

* Integrar ciencia, economía y política pública

Sin independencia, la ciencia se distorsiona y la sostenibilidad colapsa.

4. Visión ecosistémica y de largo plazo

Hoy IMARPE no solo evalúa anchoveta. También:

* Cambio climático

* Ecosistemas marinos

* Acuicultura

* Impactos ambientales

5. Capacidad de articulación política (sin politización)

Debe ser capaz de:

* Traducir ciencia en decisiones de política pesquera

* Influir en el gobierno sin perder rigor técnico

* Coordinar con academia, sector privado y organismos internacionales

Es un perfil híbrido: científico + gestor + operador institucional.

6. Ética e integridad comprobadas

Dado el impacto económico de la pesca en Perú:

* Debe tener trayectoria limpia

* Sin conflictos de interés con la industria

* Con credibilidad pública

En síntesis, el presidente del IMARPE debería ser: Un científico de alto nivel, con experiencia en gestión pública, independencia técnica, visión de sostenibilidad y capacidad de influir en política sin ceder a presiones.

El contraste entre el “perfil ideal” planteado y los perfiles reales que han ocupado o influido en la conducción de IMARPE en los últimos años revela brechas bastante estructurales. No es un problema puntual, sino institucional y del modelo político.