El mayor fallo de la gestión es que ni los pescadores ni los gestores poseen los conocimientos necesarios para dirigir algo tan complejo como un ecosistema marino costero. El derecho a pescar no se debería basar en si uno dispone del dinero suficiente para comprarse un barco, sino en los conocimientos y la voluntad de trabajar en colaboración con los gestores y los científicos para hacer que la pesca sea sostenible. El derecho a pescar se debería ganar o perder según la voluntad de aceptar unos límites razonables a las capturas.

Paul Greenberg

30 de julio de 2010

LA ANCHOVETA: DEMAGOGIA O ALIMENTACION POPULAR

Hace tiempo el Perú viene hablando de las posibilidades de la anchoveta para la alimentación humana, en especial la nacional. Incluso se ha vaticinado un incremento del consumo per cápita de pescado basado en anchoveta para el corto plazo.

El análisis de la problemática debe ser más completo y más técnico. Debe considerarse que la pota también es una posibilidad. Pota y anchoveta son posibilidades inmediatas y reales. El jurel y la caballa son posibilidades mediatas.

La gastronomía peruana está usando anchoveta y constituye parte del boom del momento: pero eso no implica generación de empleo ni incremento del índice de nutrición de la población de menores recursos. Es una moda al final y focalizada en los sectores A, B.

Las latitas de anchoveta que se ven en los supermercados son un producto gourmet, que es caro. Una latita de 100 gramos convertido a kilos resulta S/.20 por kilo. Es un producto focalizado en los sectores A, B.

Creer, o inducir a pensar que eso significa que el consumo de anchoveta está aumentando es una apreciación errada.

El verdadero incremento del consumo de anchoveta que tendría el doble efecto de generar empleo y contribuir significativamente en la reducción de la desnutrición en el país, radica en llevar la anchoveta a un consumo masivo en todos los lugares del país, en especial los de menores recursos. No es en Lima, en los supermercados ni en los restaurantes donde se apreciará este efecto, sino en los mercados populares, en las provincias, en los distritos, en la sierra del Perú.

No son las latitas de anchoveta el producto que las poblaciones de Huancavelica, Huanta, Frías, Huancabamba, por mencionar algunas, están en posibilidad de consumir. El dinero que entrega el programa Juntos, por ejemplo, no podrían destinarlo a la adquisición de una lata de anchoveta que además de cara no existe en el mercado de esas poblaciones.

La masificación del consumo de anchoveta empieza por programas estatales de creación del hábito de consumo mediante educación y degustación. El Estado debe crear mercados, hacer que la anchoveta constituya una oportunidad de negocio para el sector privado, para la creación de micro empresas.

El objetivo básico del ordenamiento de la anchoveta, debería contemplar el máximo beneficio social como premisa básica, buscando mecanismos para que dichos beneficios se mantengan en el largo plazo. El ordenamiento pesquero debería equilibrar las tendencias e intereses contradictorios, mejorando las condiciones de trabajo del sector más amplio y haciendo que los beneficios de los sistemas de pesca masiva puedan beneficiar a un sector más amplio de la población.

En este orden de ideas es inexcusable como el DS 010-2010-PRODUCE ha omitido analizar que los desembarques artesanales de anchoveta no son exclusivamente para abastecer a la industria congeladora y enlatadora, sino que deben orientarse a su distribución en estado fresco refrigerado directamente a los mercados.

La política pesquera debe favorecer el pluralismo productivo en la pesca, de manera de permitir la coexistencia en un esquema económico dual de sectores intensivos en capital, como el sector pesquero industrial, y sectores intensivos en trabajo, como el sector pesquero artesanal en sus distintas manifestaciones.

El bajo nivel de consumo de pescado en la población nacional es una respuesta a la poca oferta de productos del mar, la escasa promoción de los mismos, el costo de darles un tratamiento congelado, curado o envasado para su distribución, la insuficiente infraestructura de redes comerciales de distribución y la insuficiente e inadecuada cadena de frío existente. Motivos por los cuales la creación de estímulos para reorientar el esfuerzo de extracción, procesamiento y comercialización hacia el CHD son impostergables. Es competencia del Estado aplicar medidas regulatorias y promocionales en este sentido.

Se requiere incrementar la demanda por la necesidad de mejorar los índices de nutrición de la población.

La distribución de un producto perecible y delicado como el hidrobiológico requiriere de un sistema de preservación adecuado. Los productos hidrobiológicos en su modalidad de congelado representan un producto fresco para el consumidor final puesto que la última venta es descongelado. Por tanto es un producto más atractivo para la gastronomía y la culinaria que el enlatado. Pero requiere de infraestructura de distribución y almacenamiento refrigerado actualmente insuficiente en el país. Promover el desarrollo de mayor infraestructura de frío coadyuva a la adición de valor agregado y al incremento de la demanda y de la oferta.

El seco salado es un sistema apropiado y práctico para ser distribuído en el interior del país.

El empaque del producto hidrobiológico representa una porción importante del costo, por lo cual es importante realizar esfuerzos para abaratarlo en beneficio de incrementar la oferta y la demanda.

Es importante y necesario que los agentes sectoriales y la población estén enteradas oportuna y adecuadamente de la problemática de la pesquería, así como de las acciones de promoción de consumo de hidrobiológicos. Para lo cual se requiere implementar una estrategia comunicacional amplia, integrada y con un enfoque educativo que debe ser desarrollada en forma articulada y sostenida. Hoy en día los esfuerzos de promoción de la anchoveta están dispersos y desarticuladas entre varios organismos del Estado.

La finalidad de desarrollar una pesquería sostenible y diversificada en el tiempo no solamente es la generación de riqueza y recuperación de inversión, sino además la alimentación de la población nacional en forma prioritaria, que se refleja en mejores condiciones para asimilar una buena educación. También el aporte de tributos al desarrollo del Estado, y finalmente asegurar la existencia y crecimiento de puestos de trabajo.

El análisis de la problemática del sector pesquero y la adopción de un proyecto para su desarrollo racional y sustentable solo puede lograrse a través del diálogo, la concertación y la voluntad de trabajo porque es un tema impostergable que requiere atención prioritaria.

El interés nacional requiere que se desechen los intereses económicos grupales y se privilegie la alimentación de la población nacional por encima de todo. Ello impone tener pesquerías sustentables, una adecuada preservación de los recursos pesqueros, del ecosistema y del medio ambiente, de tal forma que se garanticen alimentos de precio razonable para toda la población del país en forma prioritaria.

La crisis mundial de alimentos y el índice de desnutrición de nuestro país, nos obligan a ser totalmente objetivos a fin de proteger los recursos hidrobiológicos que proporcionan alimentación. Estos recursos, además de representar una oportunidad importante para la alimentación nacional, constituyen una reserva estratégica que en el mediano plazo pueden colocar al Perú en una posición ventajosa en términos de abastecedor mundial de alimentos.

Es inapropiado conceder licencias de pesca a embarcaciones de países que son potencialmente compradores de los productos pesqueros que el país produce, creando una competencia desleal y pérdida de oportunidades de crecimiento para la industria nacional, que es la gran generadora de empleo para la flota artesanal que la provee.

El Ministerio de la Producción a través del Despacho Viceministerial de Pesquería, ha ejecutado diversas programas y acciones de promoción del consumo de pescado en general y particularmente de la anchoveta a fin de incrementar el consumo per cápita en la población peruana, preferentemente en los sectores pobres y en extrema pobreza de las zonas rurales, alto andinas, selva alta y zonas urbanas pobres. Sin embargo ha tenido poco éxito en la creación de mercados de consumo que atraigan inversionistas. Si el inversionista no encuentra un nicho de mercado para intervenir no hay forma de dar sostenibilidad al consumo de anchoveta y seguiremos en el círculo del asistencialismo del Estado que no genera empleo ni es sostenible.


Las campañas de promoción de consumo de pescado con el fin de estimular la demanda y aumentar su consumo, deben argumentar sus propiedades nutritivas y beneficiosas para la salud; así como, el etiquetado como garantía de origen, calidad y procedimientos de pesca respetuosa con el medio ambiente.

21 de julio de 2010

EL DEBIDO ANALISIS DE LA PROBLEMATICA DE LA POTA

Si existe suficiente biomasa del recurso pota como para que los pescadores peruanos compartan el mismo con pescadores extranjeros es un argumento razonable en la medida que la información científica que cuantifica la biomasa sea correcta.

El argumento de que la pota es un depredador que puede estar alimentándose de otros recursos provocando su escasez es razonable también. Pero es aventurado decir que como la pota se está comiendo todo lo que encuentra, aperturemos su captura a flotas extranjeras para que contribuyan a resolver el problema ya que la flota artesanal peruana es insuficiente para hacerlo. Amerita un análisis más profundo en consenso con la industria congeladora nacional y la flota artesanal para encontrar una solución razonable en conjunto.

El tema de fondo que ha sido omitido se puede resumir en el ejemplo que propongo a continuación, muy simple pero didáctico:

Asumamos un producto cualquiera, como anillas de pota precocida y congelada.

La industria peruana la produce en sus instalaciones de tierra y compra la materia prima a la flota artesanal. Tiene varios mercados de destino, entre los cuales Corea, Japón y China se presentan como importantes.

Genera empleo directo e indirecto y mueve la economía de Paita y Talara principalmente.

Un barco potero de bandera extranjera puede procesar a bordo de su barco el mismo producto con pota capturada dentro del dominio marítimo al amparo de la RM 163-2010-Produce. No utiliza mano de obra peruana ni requiere de la flota artesanal.

Ocurre que ambos pueden procesar anillas de pota congelada. La flota extranjera solo pagará una tasa generosa por el derecho de pesca y en los términos de la norma, merced a convenios, aportará algún tipo de cooperación al Estado peruano.

Si la industria peruana quiere exportar ese producto a Corea o Japón deberá pagar derechos arancelarios y probablemente entrar a competir por una cuota para su producto.

La flota extranjera internará ese producto en sus países de origen libre de aranceles.

Se produce una competencia desleal para el industrial peruano que produce un congelado basado en el mismo recurso capturado en el dominio marítimo peruano que la flota extranjera.

El interés de la flota extranjera en el recurso pota evidencia una necesidad del producto, lo que se convierte en una oportunidad para la industria peruana, que genera empleo en el país y permite la subsistencia de la flota artesanal. ¿Porqué entonces facilitar su adquisición al industrial extranjero en lugar de usarlo como producto estratégico y negociar su ingreso a ese mercado?

Se omite realizar un análisis comercial que ponga en evidencia el costo de proceso de las anillas de pota (como ejemplo) para el industrial peruano y el precio final en el país de destino contrastándolo con el costo del mismo producto hecho a bordo de la embarcación extranjera.

Puede ocurrir que el país de destino no permita el ingreso del producto peruano debido a barreras paraarancelarias. Entonces se está produciendo una competencia desleal.

Puede ocurrir que sí lo permita y que el precio final sea inferior al del producto peruano. Entonces también se produce una competencia desleal o en todo caso desventajosa para el industrial nacional.

El empleo de mano de obra en la Pota


Para la producción de Filetes de Pota se utiliza una larga cadena de trabajadores empleados en forma directa, que garantiza un empleo directo distribuido en:

En la extracción:

Un bote de tamaño intermedio con una tripulación de 7 pescadores, captura en una jornada diaria aprox. 3 TM de Pota entera. Esto significa una captura de Pota promedio de 400 Kg/pescador. Es decir, para capturar 2.8 TM de Pota, de las cuales se obtendrá 1 TM. de Filetes de Pota se requiere de aprox. 7 pescadores plenamente ocupados durante una jornada completa.

En muelle:

Descarga manual desde los botes, control y pesos de las cajas, estiba para el transporte a planta. Choferes.

En planta:

Recepción y Eviscerado
Despielado y sacar Aletas
Fileteo
Clasificado
Pesado y Envasado
Congelamiento y Empaque
Embarque

Para procesar 1 TM. de Filetes de Pota se requiere de aprox. 19 jornales.

Las posibilidades de generación de empleo son enormes si los mercados creciesen.

Industrias Conexas

Laboratorios acreditados de certificaciones, Industria del plástico , Industria de cartón corrugado, Industria de sacos de polipropileno, Talleres de maestranza de flota y plantas, carpintería, tornos, fresas, soldaduras, Talleres de electrónica, acústica, Agencias de aduana, Agencias navieras, Balanzas, Transportes de materias primas, Transporte refrigerados, Almacenes de frio, Depósitos

La flota extranjera tiene beneficios :

Combustible sin impuestos
Ingreso a los mismos mercados de destino bajo preferentes condiciones

El empleo que genera el procesamiento de pota es importante y merece ser tenido en cuenta. Es preciso incorporar el análisis de la oferta y la demanda, el análisis de mercado y el análisis comercial, considerando evaluar que una flota asiática en Perú contribuirá a incrementar la oferta de pota en sus mercados. De esta forma compite con un recurso presente en forma preferente en Perú, lo que significará una tendencia a la baja del precio del producto peruano en la medida que el importador asiático preferirá comprar a sus connacionales, que además estarán libres de aranceles.

El Estado debe apoyar a la industria nacional utilizando estratégicamente el potencial pesquero del país favoreciendo el crecimiento del sector, en una concertada campaña entre Mincetur, Produce, la industria congeladora y la flota artesanal.

No es suficiente argumento la disponibilidad del recurso para conceder licencias a flotas extranjeras.

MINCETUR debe informar al país si en las negociaciones del TLC con Japón éste ha accedido a otorgar preferencias arancelarias a la pota y demás productos hidrobiológicos peruanos.
Si no es así y mantiene su posición original de que estos productos no son negociables, en una clara y legítima defensa de su propio sector pesquero, ¿Por qué razón Perú tendría que aperturarle la pesquería de pota en el dominio marítimo peruano restando competitividad a la industria nacional?

¿Justifican US$ 15 dólares por Tm como derechos de pesca atentar contra las posibilidades de crecimiento de las exportaciones de pota procesada por la industria peruana y reducir además las probabilidades de generación de empleo?

9 de julio de 2010

Barcos poteros extranjeros en Perú: norma legalmente válida, biologicamente razonable pero moralmente cuestionable

Cuando se emite un dispositivo o norma basado en el amparo de bases legales, deviene en un documento legal. Es legal normar al amparo de normas de superior jerarquía y eso lo convierte en legal y goza de la bendición de un sistema legal sobre el cual se sostiene la sociedad.

La materia de debate es si una norma legal lleva implícita en sí misma, por el solo hecho de ser legal, el carácter de moral. ¿Toda ley y toda norma, son necesariamente morales? La ley es válida mientras otra ley no la deroga o modifica, por tanto no tiene el carácter de permanente, inmutable o infalible. La moral, en cambio, tiene carácter de permanente. Una ley puede ser adecuada y buena para un país, para un sector, e inconveniente e inadecuada para otro. Las normas legales se hacen por hombres que defienden intereses o conceptos. La moral es común a una civilización. Es inmoral asesinar. Pero un país puede decidir aprobar una ley que legaliza el asesinato. Eso no la hace moral. Los juicios de Núremberg tienen abundante jurisprudencia sobre el tema.

Aprobar la presencia de barcos de bandera extranjera para capturar pota en nuestro dominio marítimo a razón de US$15 por tonelada como derecho de pesca es totalmente legal. Impedir que barcos de bandera extranjera capturen jurel en nuestro dominio marítimo es totalmente legal. Ambas normas son legales. Evidencian ausencia de política de Estado en la materia y demuestran incoherencia; pero son legales.

Más allá de eso ¿es moral vender la pota capturada en el dominio marítimo sin tener en cuenta las implicancias para la industria congeladora nacional? Aún si fuese a cambio de conseguir cooperación internacional. ¿Es moral ceder nuestros recursos a tasas muy bajas a cambio de ciertas medidas de cooperación? Eso les quita el carácter de cooperación puesto que es resultado de una negociación, es decir doy algo a cambio de algo.

En el caso del régimen especial de anchoveta al sur del paralelo 16 que ha causado tanta controversia y rechazo de algunos sectores de las comunidades del sur del Perú, se aduce en una de las justificaciones que a cambio de ese régimen especial, se otorgan beneficios económicos a algunas poblaciones costeras. Es legal; ¿pero es moral?

Detrás de ello está el mismo mecanismo del otorgamiento de permisos de pesca para pota a embarcaciones de bandera extranjera.

Más allá de la justificación legal y económica, aunque desvirtúe el concepto de cooperación, ¿es moral? ¿Es lo debido?

Aunque muchos aspectos de esta problemática quedan abiertos a la desavenencia, existe un acto de maldad del que no cabe decir lo mismo: el acto que nadie puede cometer contra otros y que nadie puede sancionar o perdonar. Mientras los hombres deseen vivir en común, nadie puede empezar el uso de la fuerza contra otros. Bien sea la fuerza física, o la fuerza de una ley, o norma que desarma la capacidad de defensa del otro.

Por lo tanto las normas no solo deben ser legales, deben también ser morales.

La moralidad resulta de la aceptación por elección de un código de valores. ¿Cuál es el código de valores que hoy en día origina una moralidad para dictar normas?

La moralidad de una norma debe basarse en un código de valores que coloque a la Nación y sus intereses por encima de los intereses de parte y le otorgue un mínimo de dignidad en sus procedimientos y aceptación de donaciones y de cooperación.

La norma privilegia en evidente favoritismo, al Japón y España, que tienen convenios de cooperación con Perú y no así Corea. Otorga ventaja comercial a los primeros. Eso es cuestionable, más allá del número de barcos o la intención de venir al Perú, es claramente un favoritismo cuestionable.

Se tiene que distinguir la diferencia entre errores de conocimiento y quebrantamientos de la moralidad. Un error de conocimiento no es una falta moral, siempre y cuando exista disposición a corregirla. Un quebrantamiento de la moralidad es la elección consciente de una acción que se sabe mala, o la voluntaria evasión del conocimiento, una suspensión de la vista y del pensar. Podemos permitirnos cuantos errores de conocimiento queramos; pero no se puede perdonar ni aceptar ningún quebrantamiento de la moralidad.

Solo cuando el hombre descubrió que la naturaleza era algo firme, previsible y definitivo, pudo basarse en sus conocimientos, escoger su curso, planear su futuro y, lentamente, emerger de la caverna. En nuestros días, se ha colocado a la pesquería, con su inmensa necesidad de precisión científica, en poder de demonios desconocidos, bajo el imprevisible poderío de decisiones imperfectas de funcionarios que requieren de mayor experiencia, visión más amplia y entendimiento del negocio pesquero.

En orfandad de políticas coherentes de largo plazo se espera que la industria pesquera continúe funcionando y produciendo, sin saber qué capricho de qué funcionario se abatirá sobre ella para demoler en un momento la totalidad de sus esfuerzos.

Todos los países del mundo aprovechan sus recursos naturales para conseguir su propio desarrollo y beneficio. En ello radica el crecimiento o deterioro del país y sus poblaciones.

Los convenios que continúan permitiendo la explotación del recurso Pota por flotas de países extranjeros, tienen un efecto negativo sobre la industria nacional. Para proteger la pesca artesanal de pota y sus miles de empleos, debe protegerse a la industria congeladora, que es la principal compradora de este recurso. Poner en riesgo sus posibilidades de crecimiento es atentar contra los pescadores artesanales del país.

Los gráficos(*) evidencian la importancia de los mercados japonés y coreano para las exportaciones de pota peruana. Por tanto ¿Resulta conveniente facilitar el ingreso de embarcaciones de bandera de esos países que compiten con nuestra industria?

La norma dictada se basa en recomendaciones de carácter exclusivamente técnico biológico en función a la disponibilidad y estado de la biomasa; pero omite analizar las implicancias socio económicas sobre la industria y el empleo en territorio nacional. Esta omisión hace cuestionable la norma.

NO DEBE OLVIDARSE

Es pertinente recordar que con RM 529-98-PE del 23/10/98 se formó una comisión técnica para analizar el recurso merluza, la cual presentó un informe con recomendaciones de una cuota de captura de merluza de entre 80 a 120 mil Tm. al año basándose en una estimación de una biomasa de 500,000 Tm.

Sin embargo dos años después, con el cambio de gobierno, se reunió a los empresarios de la merluza en Lima para informarles que las cifras eran erradas, que no había nada más que 200,000 Tm., que se había sobrepescado y que se impondría una veda larga de la merluza.

Eso marcó el inicio de la crisis de la merluza, basada en información oficial inexacta.

¿Existen garantías de que no se cometerá el mismo error con la pota?

LOS DERECHOS DE PESCA

La recaudación de derechos de pesca de la pota y otros recursos a cargo de PRODUCE ¿a qué es destinada? El 50% alimenta al canon pesquero, pero el otro 50% ¿A que de destina?¿A gasto corriente, a inversiones a investigación?

PRODUCE debería informar, con transparencia, sobre el destino de estos recursos al público para que el país conozca en que se emplea ese dinero y si está justificado sacrificar posibilidades de la industria congeladora y de empleo en aras de que el Estado obtenga algunos recursos directamente recaudados.

EL PELIGRO DE LA POTA

La voracidad de la pota pone en riesgo otros recursos y debe ser capturada; pero no a costa de la industria congeladora y los pescadores artesanales peruanos. Porque bajo esa excusa se podría aperturar la pesquería de la pota sin limitación alguna.

Mantener controlada la población del calamar gigante requiere de mayor estudio, investigación, concertación y consenso para el dictado de una normatividad adecuada y conveniente para una industria que está generando empleo.

No se puede normar teniendo en cuenta solamente el aspecto biológico ni favoreciendo a determinados países.

No se puede condicionar una licencia de pesca a cooperación técnica o científica porque desnaturaliza el propósito de la cooperación y la convierte en un caballo de Troya o en un cañoncito de Castilla. ¿Es que acaso la cooperación internacional que recibimos nos está pasando la factura?

Aplicar derechos de pesca altos, calculados teniendo en cuenta que el producto final no compita con el producto nacional en los mercados de destino se presenta como una mejor opción.

(*) Ver estadísticas en la edición de Julio de la Revista Pesca en:

3 de julio de 2010

Comentarios al régimen provisional para la extracción de pota

SOBRE LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 163-2010 -PRODUCE del 30 JUNIO 2010

Establecen régimen provisional para la extracción comercial del recurso calamar gigante o pota por embarcaciones pesqueras de bandera extranjera

Artículo 1.- Establecer el régimen provisional para la extracción comercial del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) por embarcaciones pesqueras de bandera extranjera, cuya vigencia será desde el 2 de julio de 2010 hasta el 30 de junio de 2011, en tanto, se encuentren dentro de los requisitos y exigencias previstas en la presente Resolución Ministerial.


Artículo 5.- El derecho de pesca por la extracción del recurso calamar gigante o pota por embarcaciones de bandera extranjera comprendidas dentro del ámbito de aplicación del presente régimen provisional, asciende a US$ 65.00 (sesenta y cinco y 00/100 dólares americanos) por cada unidad de tonelaje neto (TN) de la nave, por cada mes o fracción mayor de quince (15) días calendario de vigencia del permiso de pesca. Cuando el plazo de vigencia del permiso contempla la fracción de un mes no mayor a quince días el derecho de pesca por aquella fracción asciende al 50% del monto mensual correspondiente. El derecho de pesca por la extracción del citado recurso debe ser abonado antes de otorgarse el permiso de pesca.

Así también, por cada tonelada métrica (TM) de captura nominal transbordada del recurso calamar gigante o pota debe abonarse US$ 15.00 (quince y 00/100 dólares americanos). Dichos pagos deben efectuarse en la Oficina de Tesorería del Ministerio de la Producción dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación que efectúe la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero.


INTERROGANTES

La norma omite analizar que, estas capturas realizadas en el dominio marítimo son consideradas como producto nacional por algunos de los países que obtienen esta licencia, como Corea y Japón. Por tanto ingresan a sus territorios aduaneros libre de impuestos.

El mismo recurso pota capturado en el dominio marítimo por la flota peruana y procesado en territorio peruano, está sujeto a barreras aranceles y para arancelarias en los mismos países, constituyéndose de esta manera en una suerte de competencia desleal.

Las negociaciones de un TLC con Japón, por ejemplo, insisten en no otorgar beneficios de reducción arancelaria ni para arancelaria a muchas partidas de productos pesqueros peruanos.

Sin embargo el Perú concede licencias de pesca con tasas bastante generosas como se lee en la norma, desperdiciando la oportunidad de obtener mejores condiciones de negociación y de proteger a la industria nacional que compite con el mismo recurso en desigualdad de condiciones en el mismo mercado con un recurso que además es peruano.

El límite de 250 mil toneladas permisibles de extracción de pota ¿es aplicable solo a las capturas de la flota de bandera extranjera o está incluída la flota nacional? ¿cuál es el límite máximo de extracción de pota por parte de la flota peruana? Se debe hacer público el informe técnico de Imarpe que sustenta esta cifra. El caso de la merluza hace 10 años justifica que esta información se haga pública.

Si no se concediese autorización a flotas extranjeras…¿mejoraría la posición exportadora peruana? ¿si las tasas por derechos de extracción con que se grava a la flota extranjera fuesen calculadas de forma tal que sean mayores que los derechos arancelarios que cobran esos países a los productos peruanos de pota, mejoraría la posición exportadora peruana?

COMENTARIOS

Años atrás, empresarios pesqueros extranjeros, al no conseguir abastecimiento regular y adecuado de pota por parte de exportadores peruanos, gestionan y consiguen permisos de pesca temporales para su propia flota, amparados en la norma de pesquería, (cito: “.....en forma supletoria y complementaria a la flota nacional”) a cambio del pago de derechos de pesca.

Para el mejor entendimiento del tema, en adelante denominaremos “empresarios no domiciliados” a dichos empresarios pesqueros extranjeros, en tanto éstos no están obligados a declarar renta ni a tributar en el País.

PRODUCE al autorizar esa modalidad de explotación a la flota no domiciliada, se vuelve “asociado” del negocio de la pota, percibiendo en el último decenio ingresos por concepto de derechos de pesca que constituyen ingresos propios nada despreciables para la institución.

Este asunto es legal, biológicamente razonable, pero moralmente cuestionable y resulta indebido.

Indebido, porque PRODUCE omitió cumplir con su obligación elemental que consiste en auspiciar y alentar el desarrollo de una industria pesquera de la Pota domiciliada, fuerte, moderna y estable.

A lo largo de esos mismos años, muchos empresarios domiciliados, con plantas de procesamiento capaces de especializarse en pota, exigieron justificadamente en forma aislada y sin éxito, la suspensión de los mencionados permisos por constituir competencia desleal para la industria local.

PRODUCE defendió aquellos ingresos propios y se hizo responsable de frenar el desarrollo de una pesquería especializada.

Debería analizarse la cantidad de pota trasbordada por los “no domiciliados”, evaluar cuanto genera en derechos de pesca para el PRODUCE y contrastar esa información con las exportaciones practicadas por empresas domiciliadas y los beneficios colaterales que genera. Son obvias las ventajas resultantes de auspiciar a la industria domiciliada y no a la “no domiciliada”.

La oferta de pota de la flota de bandera extranjera ingresa al mercado asiático como producto nacional proveniente de ultramar con arancel cero, mientras que la oferta exportable peruana enfrenta barreras arancelarias y para-arancelarias.

La industria congeladora peruana (domiciliada), procesadora de recursos hidrobiológicos para el consumo cuenta con la pota como su principal recurso, como lo demuestran las estadísticas.

Con relación a la flota potera nacional ésta ciertamente clasifica como artesanal, pescó bien en el pasado y pescará mejor en un marco legal y comercial coherente. Esa flota también es capaz de crecer y modernizarse siempre que pueda hacer buen negocio. La falta de visión de pocos funcionarios del Estado no constituye argumento para condenarla y abandonarla.

La industria congeladora tiene capacidad instalada en tierra suficiente para procesar pota. Difícilmente invertirá en barcos calamareros que procesen a bordo, puesto que la flota artesanal provee este recurso generando empleo. La inversión en flota de altura para jurel y caballa es un tema diferente por la situación específica de esos recursos.